La Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura es una entidad gubernamental, creada y fundamentada en la Ley 15 de 26 de enero de 1959, modificada por la Ley 53 de 4 de febrero de 1963; Decreto 175 de 18 de mayo de 1959; Decreto 775 de 2 de septiembre de 1960 y el Decreto 257 de 3 de septiembre de 1965; con atribuciones técnicas, normativas y de vigilancia para los fines de esta ley, con jurisdicción en todo el territorio nacional.
El personal para el Funcionamiento de la Junta Técnica, como lo son el Secretario Administrativo y el personal de secretaría necesario, es facilitado por el Ministerio de Obras Públicas y los gastos que ocasiona la Junta Técnica se incluyen cada año en el Presupuesto de este Ministerio, de acuerdo al Artículo 14 de la Ley 15 de 1959. VII.